Comprende los conceptos clave y la terminología legal y técnica de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales de Ecuador.
Persona natural cuyos datos personales son objeto de tratamiento, de acuerdo a la legislación ecuatoriana.
Cualquier operación o conjunto de operaciones realizadas sobre datos personales (captación, registro, estructuración, conservación, extracción, consulta, uso, comunicación), ya sea por procedimientos técnicos automatizados o manuales.
Persona natural o jurídica (externa o interna) encargada de supervisar, asesorar e informar sobre el cumplimiento normativo dentro de la empresa, sirviendo de enlace con la Superintendencia y los titulares.
Datos personales que se refieren a la esfera íntima del titular o cuyo uso indebido puede dar origen a discriminación, tales como salud, etnia, datos biométricos, orientación sexual, convicciones políticas o religiosas.
Persona natural o jurídica, de carácter público o privado, que sola o conjuntamente con otras decida sobre la finalidad y las características del tratamiento de los datos personales.
Persona natural o jurídica, pública o privada, que trata datos personales por cuenta y delegación del Responsable del Tratamiento (por ejemplo, un proveedor de software CRM, hosting o servicios de red).
Conjunto de facultades garantizadas por la LOPDP para que el titular de la información ejerza el control sobre sus datos: **A**cceso, **R**ectificación y actualización, **E**liminación (cancelación), y **O**posición.
El organismo oficial técnico y de control en el Ecuador, con capacidad sancionatoria, encargado de registrar bases de datos y fiscalizar que se cumplan las medidas lógicas y legales.
Manifestación de la voluntad libre, específica, informada e inequívoca, mediante la cual el titular autoriza expresamente (usualmente con un checkbox activo) el tratamiento de sus datos personales.
Proceso irreversible de alteración de un conjunto de datos para garantizar que no sea posible reidentificar al titular. Exime del cumplimiento de ciertas obligaciones LOPDP.
Cualquier evento fortuito o deliberado de seguridad física o lógica que resulte en la alteración, destrucción, pérdida o acceso no autorizado a los datos personales tratados.
Principio que obliga al Responsable del tratamiento a implementar medidas técnicas (como firewalls, cifrado) y organizativas aptas, y además poder demostrar que son efectivas ante el regulador.
Intente buscar palabras clave como DPD, ARCO, Datos, o Consentimiento.